La Ley sur las profesiones de Quebec dicta que las asociaciones profesionales pueden intentar un recurso legal contra una persona que no es miembro de un colegio profesional y :
– que utilisa sin derecho un titulo o una abréviación bajo el control de dicho colegio profesional, es decir esta persona usurpa el titulo.
o
– que realiza actividades que solamente los miembros de dicho colegio profesional estan autorizados a realizar o pretende tener el derecho o actua de manera de hacer creer que esta autorizada, es decir, ejerce ilegalmente.
Fuente : Code des professions
N. B. Las multas son de 2 500 $CA à 62 500 $CA para una persona y de 5 000 $CA à 125 000 $CA para las personas morales.